Real Decreto 56/2016 Archive
Actualizado: 18-03-2018 De acuerdo con el RD 56/2016 las empresas deben presentar una comunicación resultado de las auditorías de eficiencia energética deben estar realizadas antes del 13 de Noviembre y el RD permite 3 meses de plazo para realizar la comunicación del anexo I del RD 56/2016. ¿QUÉ HAGO SI NO HE PRESENTADO LA COMUNICACIÓN?
Hola, ya llevamos unos meses desde el lanzamiento del RD 56 de Auditorías Energéticas a grandes empresas y tras acudir a muchas charlas, conferencias y cursos puedo decir un par de cosas al respecto. En primer lugar, lo que me ha llegado de mis clientes a los que gestiono la energía es que el mercado
Buenos días, ya han pasado las primeras semanas y puedo deciros como veo yo el mercado de empresas y servicios de auditoría de eficiencia energética RD 56/2016. Desde el 1 de Marzo hemos tenido que ir adaptando el servicio a las necesidades reales de los clientes, La tabla siguiente muestra los distintos tipologías de auditoria
Buenas f@ns de la energía, ha sido una gran jornada. Ayer nos juntamos para ponernos al día sobre la aplicación del nuevo RD 56/2016 y para ello Marc Masó (Auditor CEM, CMVP y EPC de Proisotec Energia SL) repasó las implicaciones del Decreto de Auditorias energética, mientras que Mr. Ian Boylan (Presidente de la asociation
Acaba de salir el Real Decreto 56/2016 que obliga a las empresas de cierto volumen a realizar Auditorias Energéticas o implantar un Sistema de Gestión de la Energía. Me gustaría aclarar que es un Energy Manager o Gestor Energético y sobre todo qué no lo es. ¿Qué NO es un Gestor Energético? El gestor de la compañía